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año:2009
 
institución:MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 13 R-DJ-278 -2009 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas del veinticuatro de noviembre de dos mil nueve. ------------------------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por Piedra y Ureña Asesores Financieros y Constructores S. A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública N° 2009LN-000001-PROV, promovida por la Municipalidad de El Guarco, para la “Construcción del Puente sobre el Río Purires en Barrancas, y recaído a favor de la empresa Estructuras de Concreto S. A.. ---------------- RESULTANDO I.- La apelante Piedra y Ureña Asesores Financieros y Constructores S. A., interpuso recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la licitación pública N° 2009LN-000001-PROV, promovida por la Municipalidad de El Guarco, para la Construcción del Puente sobre el Río Purires y recaído a favor de la empresa Estructuras de Concreto S.A., alegando que la oferta de la empresa adjudicataria no es elegible por incumplir lo solicitado en el cartel, al no incluir en su oferta lo requerido en la enmienda N° 001, siendo que en la oferta base sólo cotiza la subestructura y no la superestructura como lo solicita el cartel de licitación. Además, señala la errónea valoración hecha por la Administración en cuanto a la experiencia presentada con su oferta.------------------------ II.- Mediante auto de las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil nueve, se confirió audiencia inicial a la Administración y a la adjudicataria para que se manifestaran sobre los alegatos de la recurrente, la cual fue contestada en tiempo, la cual fue atendida por las partes. ------------------ III.- Mediante auto de las ocho horas quince minutos del diecinueve de octubre del dos mil nueve, se confirió audiencia especial a la recurrente para que se manifestara en cuanto a lo alegado por las partes en sus respuestas iniciales, siendo que en dicha audiencia la recurrente señaló la inclusión de un ...
Fecha publicación: 27/11/2009
Fecha emisión: 24/11/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


1 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 09458 10 de setiembre, 2009 DJ-1068 Señor William A. Cerdas Garro Alcalde Municipal Municipalidad de El Guarco Estimado señor: Asunto: Respuesta a solicitud de aclaración del oficio de este Despacho Nº 11943 (DCA-3654) del 11 de noviembre de 2008. Damos respuesta a su oficio Nº 200-ALC-2009 del 26 de agosto del 2009, recibido en esta Contraloría General el 27 de agosto siguiente, mediante el cual solicita nuestra aclaración con respecto al oficio Nº 11943 (DCA-3654) del 11 de noviembre de 2008, por medio del cual este Despacho procedió a denegar la solicitud de autorización presentada por ese gobierno local, para contratar en forma directa una empresa para la colocación de mezcla asfáltica a la entrada del Distrito de San Isidro. Añade que dicha corporación municipal, promovió la licitación abreviada Nº 2008LA-000002-PROV, para el canje de emulsión donada por RECOPE por mezcla asfáltica colocada a la entrada del Distrito de San Isidro, no obstante la misma resultó infructuosa, por lo tanto solicitan nuestra autorización para variar el procedimiento, e iniciar una contratación directa. Manifiesta dicha corporación municipal que en la página 5 del oficio supracitado, se indica lo siguiente: “…Así, no existe limitación alguna para que la Municipalidad de El Guarco, inicie un nuevo procedimiento, con el objetivo de hacer efectiva la donación recibida, siempre y cuando cumplan con los requerimientos legales establecidos para tal efecto.” De esa forma, concretamente, requiere una aclaración en relación con el tipo de procedimiento a que se refiere el párrafo transcrito anteriormente, al considerar que resulta de interés para dicha municipalidad utilizar los 120.000 litros de emulsión donados por RECOPE para este año, en otro proyecto de asfaltado. Ahora bien, si bien en el reiteradamente mencionado oficio Nº 11943 (DCA-3654) del 11 de noviembre de 2008, se procedió a rechazar la solicitud presentada ...
Fecha publicación: 13/09/2009
Fecha emisión: 10/09/2009
Documento: 09458-2009.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Sra. Flor de María Arrieta Pereira 2 16 de febrero, 2009 Al contestar refiérase al oficio No. 01887 16 de febrero de 2009 FOE-SM-0181 Señora Flor de María Arrieta Pereira Secretaria Municipal MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO Cartago Estimada señora: Asunto: Solicitud del Concejo Municipal para que esta Contraloría General realice una auditoría en la Municipalidad de El Guarco. Para que lo haga de conocimiento del Concejo, me refiero a su oficio Nº 1085-SM-08, recibido por esta Contraloría General el 7 de enero del año en curso, mediante el cual transcribe una moción aprobada por el Concejo Municipal según Acta Nº 194-08 del 2 de diciembre de 2008 (artículo N° 3, inciso N° 1), en la que se acordó solicitar a este órgano contralor una auditoría externa sobre las diferentes áreas, procesos y actividades que realiza la Municipalidad, con el fin de que determine e informe a ese Concejo si se está cumpliendo con lo que estipulan las leyes y reglamentos que rigen la actividad pública y municipal. De acuerdo con ese oficio, dicha solicitud se fundamenta, entre otras razones, en que ese Concejo ha conocido informes de la Auditoría Interna municipal en los que se detallan una serie de irregularidades en materia de compras, pagos a proveedores, contratación de funcionarios y pago de anualidades, asimismo, ese órgano colegiado ha observado un presunto uso incorrecto de vehículos municipales por parte de la Administración, aparentes ausencias injustificadas del Alcalde a las sesiones del Concejo y presuntos incumplimientos de éste a los acuerdos tomados por ese órgano colegiado. Así las cosas, dado que sobre los temas indicados existen informes de la Auditoría Interna municipal, tal como se señala en el oficio de cita, lo que procede es dar seguimiento a la efectiva implantación de las recomendaciones señaladas en ...
Fecha publicación: 20/02/2009
Fecha emisión: 16/02/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


12 5 R-DCA-022-2009 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del catorce de enero del dos mil nueve. -------------------- Recurso de apelación interpuesto por la Constructora Hermanos Brenes S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N°2008LA-000006-PROV, promovida por la Municipalidad de El Guarco, para la “construcción de la calle Sector Cuatro Vientos, Distrito El Tejar”, acto recaído a favor de Asfaltos Orosi Siglo XXI S.A. por un monto de ¢19.084.710. -------- RESULTANDO I La empresa Constructora Brenes Hermanos S.A. alegó en su recurso que su oferta fue indebidamente calificada. La tabla de evaluación calificó cuatro aspectos: monto ofrecido 70%, condición de la maquinaria 15%, experiencia de la empresa 10% y experiencia del ingeniero de la obra 5%. La firma apelante recibió 70 puntos por precio, sin embargo, alega que no se le tomó en cuenta el descuento ofrecido en su oferta, y que con dicho descuento arrojaba un precio menor que Asfaltos Orosi S.A. Dice también el apelante que su maquinaria suma más puntaje del que se le asignó. En ese sentido, indica que son cinco máquinas las que se le debieron tomar en cuenta para un puntaje de 13.59 en lugar de 10. 5 que se le asignó. En cuanto a la experiencia de la empresa, manifiesta que se le asignaron 8 puntos, y reclama que al haber aportado más de cinco constancias de experiencia, se obtenía el mayor puntaje asignado a este rubro de 10 puntos. En cuanto a la experiencia del ingeniero, alega que éste tiene de trabajar para la apelante los mismos años que tiene la empresa de fundada y que en la declaración jurada se decía que se le debía imputar la misma experiencia, en consecuencia debía obtener los 5 puntos de experiencia en lugar de 3.5 que le fueron asignados. En cuanto a imputaciones a la firma Asfaltos Orosi Siglo XXI S.A., considera el apelante que su “cuadro de plan de trabajo” no debió de ser admitido pues no tení ...
Fecha publicación: 17/01/2009
Fecha emisión: 14/01/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 2 R-DCA-017-2009 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las diez horas del trece de enero de dos mil nueve. -------------------- Recurso de apelación interpuesto por Constructora Hermanos Brenes S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada 2008LA-000004-PROV, promovida por la Municipalidad del Guarco construcción de un cuadrante en Barrio Santa Gertrudis, acto recaído a favor de Asfaltos Orosi S.A., por un monto de ¢29.936.800. ----------------------------- RESULTANDO I. Constructora Hermanos Brenes S.A., alegó en su recurso que fueron indebidamente descalificados, toda vez que los porcentajes previstos en el sistema de evaluación de las ofertas, los cuales corresponden a 70% precio, condición de maquinaria 15%, experiencia de la empresa 10% y experiencia del ingeniero de la obra 5%, para un total de 100%, fueron mal aplicados al evaluar su oferta y por lo tanto, los porcentajes con los que participaron no corresponden a la verdadera puntación que obtienen al aplicar las fórmulas y que la empresa adjudicataria incumple con el requisito previsto en el punto 10 cartelario, el cual corresponde a la obligación de aportar un cronograma de trabajo que indique los tiempos, secuencias y recursos de cada actividad. Agregan que su oferta se ubicaría en primer lugar para resultar adjudicataria, toda vez que la empresa que resultó serlo, omitió el requisito previsto en el punto 10 cartelario, ante lo cual debió ser descartada su plica. -------------------------------------------------------------------------- II. Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo a la Municipalidad del Guarco. III. En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley. ------------------------------- CONSIDERANDO I. Hechos Probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Municipalidad del Guarco promovió la Licitac ...
Fecha publicación: 16/01/2009
Fecha emisión: 13/01/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 5 R-DCA-019-2009 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas del trece de enero de dos mil nueve. ------------------- Recurso de apelación interpuesto por Constructora Hermanos Brenes S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2008LA-000007-PROV, promovida por la Municipalidad de El Guarco, para la “Construcción de Calle de Bar El Pilón No. 2 hacia el este, Distrito de Tobosi”, acto recaído en favor de la empresa Alquileres Valverde S.A. --------- RESULTANDO: I.- Constructora Hermanos Brenes S.A., presentó recurso de apelación en contra el acto de adjudicación de esta contratación sustentada en que se le aplicó erróneamente el sistema de evaluación otorgándole una calificación inferior a la que en su criterio le corresponde. ------------ II.- Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo a la Municipalidad de El Guarco. --------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.- La presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. ---------------------------------------- CONSIDERANDO I.- Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Municipalidad de El Guarco promovió la Licitación Abreviada 2008LA-000007-PROV, para la “Construcción de Calle BAr El Pilón Nº 2 hacia el este, Distrito de Tobosi” (ver folio 015 del expediente administrativo). 2) Que dentro del sistema se evaluación consignado en el cartel se dispusieron los siguientes porcentajes: A) Monto Cotizado: 70%. Obtendrá 70% aquella oferta que ofrezca el menor precio para ejecutar las obras. Ofertas con precios mayores al menor precio se les asignará los puntos obtenidos de multiplicar 70 por la razón de dividir el menor precio ofrecido entre el precio del of ...
Fecha publicación: 16/01/2009
Fecha emisión: 13/01/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION